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A demanda del Coplef de Madrid

Sentencian al Ayuntamiento de Madrid a informar sobre la titulación de los servicios deportivos

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(27-11-2017). Una sentencia condenatoria realizada a demanda del Coplef de Madrid obligará a las instalaciones deportivas municipales de la comunidad de Madrid a informar sobre la titulación de los profesionales que ofrecen servicios en dichos centros, así como de los datos técnicos y el equipamiento.

Con este reconocimiento judicial, el Colegio Oficial de Licenciados de Educación Física y Ciencias de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid (Coplef), consigue una nueva batalla por el reconocimiento público de las titulaciones de los profesionales que ofrecen sus servicios en instalaciones deportivas públicas de la comunidad.

Concretamente, la sentencia obliga al Ayuntamiento de Madrid a informar sobre estas titulaciones, así como otros datos relativos a la instalación y al equipamiento, en un plazo máximo de tres meses, cumpliendo así con el artículo 72 de la Ley 10/1990 del Deporte, que el Coplef recuerda que dice:

“Toda instalación o establecimiento de uso público en que se presten servicios de carácter deportivo, cualquiera que sea la Entidad titular, deberá ofrecer una información, en lugar perfectamente visible y accesible, de los datos técnicos de la instalación o del establecimiento, así como de su equipamiento y el nombre y titulación respectiva de las personas que presten servicios profesionales en los niveles de dirección técnica, enseñanza o animación”.

Ley estatal

Asimismo, Coplef destaca que se trata de una norma “aplicable de carácter estatal”, invitando a “todas las instituciones respectivas” a “ponerse al día en el cumplimiento de esta exigencia que nos beneficia a todos, a la profesión como tal, al profesional colegiado y a los propios usuarios”.


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