(26-4-2018). El Tribunal General de la Unión Europea avala el registro de la marca ‘Messi’ pese a la oposición de la marca ciclista Massi, que argumentaba que el parecido fonético entre los nombres podía generar confusión. La justicia considera que la figura de Messi es ampliamente reconocida por el consumidor medio y que fácilmente se puede asociar su marca al apellido del astro argentino.
El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha avalado el registro de la marca ‘Messi’, propiedad del jugador argentino Lionel Messi, para prendas y artículos deportivos. La justicia europea ha estimado el recurso interpuesto por el futbolista contra la decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), que anuló dicho registro en 2013.
Los hechos se remontan al agosto de 2011, año en el que el jugador solicitó a la EUIPO el registro de la marca para prendas de vestir, calzado y artículos de gimnasia y deporte. En noviembre de ese mismo año, el propietario de la marca ciclista Massi, Jaime Masferrer Coma, formuló oposición al registro de la marca Messi, aludiendo que el parecido entre los nombres podía generar confusión.
Massi, una marca catalana parte del grupo Casa Masferrer, se dedica a la producción de prendas de vestir, calzado, cascos para ciclistas, trajes de protección y guantes.
LOS ARGUMENTOS DE LA JUSTICIA
La EUIPO aceptó la oposición en 2013 y un año más tarde desestimó el recurso del futbolista al considerar que existía riesgo de confusión gráfica y fonética entre las marcas.
En la sentencia dictada hoy, el TGUE comparte la similitud entre ambas marcas, pero considera que la EUIPO incurrió en error al comparar los signos en el plano conceptual. El órgano europeo estima que el futbolista del F.C. Barcelona es una personalidad pública cuyo reconocimiento trasciende el mundo del fútbol, y considera poco probable que el consumidor no asocie directamente el término ‘Messi’ al apellido del jugador argentino y, en consecuencia, percibirá la marca Massi como un término conceptualmente diferente.
De esta manera, el TGUE anula la decisión de la administración europea al considerar que el grado de similitud entre las marcas no es lo suficientemente elevado como para poder considerar que el público pertinente pueda creer que los productos en cuestión proceden de la misma empresa o, en su caso, de empresas vinculadas económicamente. Asimismo, Leo Messi tiene vía libre para finalmente registrar su marca propia para la venta de artículos deportivos.
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