(11-11-2020). El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes las nuevas normas para el Reglamento de Circulación y Vehículos, que entrarán en vigor el 2 de enero de 2021 y que afectan especialmente a los patinetes eléctricos. El gobierno español los asemeja a cualquier otro vehículo de motor.
El Real Decreto asegura que los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), dotados de una o más ruedas y de una única plaza, y propulsados por motores eléctricos, deberán circular a una velocidad máxima de entre 6 y 25 kilómetros por hora. Asimismo, los patinetes eléctricos tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos, como someterse a pruebas de alcoholemia o no poder utilizar auriculares.
Por otro lado, el gobierno establece la prohibición de circulación por vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías que transcurran dentro de un municipio y túneles urbanos. La nueva normativa impide también su circulación por la acera y carriles bici.
Permiso de circulación
Otra de las grandes novedades del Real Decreto es la necesidad que los conductores de patinetes eléctricos dispongan de un permiso de circulación, si bien el gobierno español todavía no ha especificado cómo deberá ser ni que organismo lo deberá expedir.
Regulación única
Muchos ayuntamientos españoles habían pedido una regulación única de los patinetes eléctricos, que hasta ahora quedaban a expensas de las diferentes ordenanzas municipales. Eso provoca aún medidas muy dispares entre distintas poblaciones.
Los usuarios se quejan
Por su parte, la Federación Española de Usuarios de Vehículos de Movilidad personal ha criticado la regulación al considerar que se han ignorado las necesidades de los usuarios. Según la entidad, la reforma busca restringir el uso del patinete eléctrico como alternativa de movilidad sostenible.
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