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CICLISMO

La RCxB pide una regulación estatal para los patinetes eléctricos

patinete electrico

El uso del patinete eléctrico en las ciudades ha crecido en los últimos años. (foto: El País)

(29-8-2019). La Red de Ciudades por la Bicicleta (RCxB) sostiene que la falta de una regulación específica sobre los llamados vehículos de movilidad personal (VMP) ha provocado una falta de control sobre las características técnicas (dimensiones, potencia y velocidad máxima) y ha abierto la puerta a usos imprudentes.

La Red de Ciudades por la Bicicleta (RCxB) indica que la falta de regulación, sumada a la carente educación vial, ha abierto la puerta a usos imprudentes que no contribuyen a la convivencia en la vía pública y que ponen en riesgo a otros usuarios, especialmente peatones cuando se circula por aceras o zonas peatonales a velocidades inadecuadas.

No es de extrañar, dice el colectivo, que ante estas circunstancias, y después de acumular algún que otro accidente de gravedad, algunos municipios se vean obligados a establecer regulaciones para limitar velocidades, zonas de circulación y otros requerimientos en relación al uso de los patinetes eléctricos. Sin embargo, la falta de un marco regulatorio de referencia a nivel estatal, puede provocar que las normativas de los diferentes municipios resulten muy dispares, poco coherentes y hasta, en algunos casos, contradictorias.

Es por esto que, en beneficio de la convivencia en el ámbito urbano, especialmente en aceras, vías pacificadas y peatonales, para ofrecer garantías de seguridad a las personas usuarias, y para facilitar una regulación coherente en el ámbito local, desde la Red de Ciudades por la Bicicleta se insta a la Dirección General de Tráfico a establecer, con carácter urgente, un marco regulatorio a nivel estatal para el uso de los patinetes eléctricos en el ámbito urbano, que sirva de referencia para las ciudades.

Desde la RCxB, en base a los debates internos realizados y considerando algunas las tendencias de países vecinos, se plantean las siguientes recomendaciones de cara a establecer dicha regulación:

  • Limitar la velocidad de los patinetes eléctricos, y cualquier otro vehículo de movilidad personal que no requiera permiso de circulación, a 25 km/h como máximo, de forma homóloga a la limitación vigente para los sistemas asistencia al pedaleo de las bicicletas eléctricas.
  • Restringir la circulación de patinetes eléctricos en aceras, especialmente las que no dispongan de suficiente anchura para garantizar la convivencia y seguridad de los peatones, y establecer limitaciones de velocidad en la circulación por zonas peatonales (máximo 10 km/h).
  • Canalizar la circulación de los patinetes eléctricos por vías urbanas pacificadas a 30km/h y por infraestructuras ciclistas. Si bien, bajo estos criterios, los espacios para circular en algunas ciudades pueden ser muy limitados, se entiende como previsible la extensión de la limitación de velocidad de 30km/h a la mayor parte de vías urbanas, bajo el concepto de “ciudades 30” ya previsto en la propuesta del decreto de “Medidas Urbanas de Tráfico” pendiente de tramitación parlamentaria.
  • Requerir a los patinetes eléctricos los elementos básicos para circular en calzada (luces, elementos reflectantes, timbre y sistemas seguros para informar de las maniobras y giros previstos al resto de usuarios de la vía pública)
  • Uso del casco como en las bicicletas, para menores de 16 años.

En último término, la RCxB recuerda que el patinete eléctrico, si bien puede suponer una opción de movilidad más sostenible si el usuario proviene del vehículo privado motorizado, no es una opción de movilidad activa o saludable como caminar o ir en bicicleta.


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