Quantcast

ESENCI@L

La gerente de Adecaff opina ante el actual 21% de los gimnasios

Un IVA contrario a la Constitución y al espíritu de las leyes

"El deporte es considerado como una actividad de lujo"

PHOTO-2021-10-15-16-29-12

Abogada especialista en compliance y derecho deportivo, Iolanda Latorre es dese septiembre de 2020 la gerente de la patronal catalana de gimnasios, Adecaff

(22-11-2021) La abogada formada en compliance por Esade y actual gerente de la patronal catalana de los gimnasios (Adecaff), Iolanda latorre, se postula a favor de la rebaja del IVA que afecta al sector deportivo a través de el siguiente artículo.

Los derechos de los ciudadanos y ciudadanas de un país lo son solamente si se establecen los mecanismos idóneos para ejercitarlos y para poder defenderlos de posibles vulneraciones. Cuando en un estado, entre todos, nos otorgamos unos derechos, el legislador necesariamente debe crear mecanismos para ejercerlo, y el ejecutivo debe aplicar y desarrollar dichos mecanismos, debe comprometerse a que el ejercicio de estos derechos sea efectivo, incluso debe ser proactivo en empoderar a la sociedad para que los ejerza.

El deporte, no está configurado en la Constitución española como un derecho, pero sí como un elemento importante para el ejercicio de derechos fundamentales. Así, por ejemplo, respecto el derecho a la protección de la salud, el artículo 43 lo reconoce, y en el punto 3 obliga a los poderes públicos a fomentar “la educación sanitaria, la educación física y el deporte. (…)”.

La Ley del Deporte 10/1990 recoge la importancia del deporte como un elemento fundamental del sistema educativo y como factor corrector de desequilibrios sociales

Por otro lado, la Ley del Deporte 10/1990 recoge en el preámbulo la importancia capital del deporte en la calidad de vida de la ciudadanía: “el deporte se constituye como un elemento fundamental del sistema educativo y su práctica es importante en el mantenimiento de la salud y por lo tanto es un factor corrector de desequilibrios sociales que contribuye al desarrollo de la igualdad entre los ciudadanos y crea hábitos favorecedores de la inserción social (…) Todo ello conforma el deporte como un elemento determinante de la calidad de vida (…)”.

Además, la Constitución española expresa en su preámbulo que “la Nación española proclama su voluntad de: (…) promover el progreso de la cultura y la economía para asegurar a todo el mundo una digna calidad de vida (…).

Si nos fijamos en el derecho a la educación, éste es un derecho fundamental recogido en el artículo 27 de la Constitución y por tanto goza de especial protección y garantías. El artículo 27 establece en el punto 5 que “los poderes públicos garantizarán el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes”.

El mismo legislador ha reconocido que el deporte es un elemento esencial para conseguir la igualdad entre la ciudadanía

Especial mención debemos hacer de la relación que la Ley hace entre la práctica deportiva y la consecución de la igualdad entre la ciudadanía; la igualdad es también un valor superior de la nación española como se recoge en el Preámbulo de la Constitución. Siendo un valor superior, no podemos tener ninguna duda de que la Administración del estado está obligada a hacer todo aquello que contribuya a su consecución, y el mismo legislador ha reconocido que el deporte es un elemento esencial para conseguirlo, el artículo 9 concretamente obliga a los poderes públicos a promover (…) las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en los que se integra sean reales y efectivas; removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud (…). Y ya hemos visto que considera el deporte como un elemento fundamental de promoción de la igualdad por lo que debería remover los obstáculos que dificulten su plenitud.

En definitiva, observamos que, si bien la práctica deportiva no es directamente un derecho, sí que se considera un elemento imprescindible para el ejercicio de otros derechos fundamentales.

La práctica deportiva se considera un elemento imprescindible para el ejercicio de otros derechos fundamentales

Dicho todo lo anterior no se entiende que se incremente el coste para la ciudadanía de la práctica deportiva subiendo el tipo de IVA aplicable. Ello generó que muchos ciudadanos y ciudadanas dejaran de acudir a un centro deportivo, por lo tanto, lejos de remover obstáculos o dificultades (artículo 9 de la Constitución ya mencionado) para que se practique deporte como obliga la Ley al ejecutivo español, lo que ha hecho ha sido poner obstáculos y dificultades para que la ciudadanía pueda desarrollar una práctica deportiva de calidad.

Si lo comparamos con otros sectores que tienen un IVA del 10% no se entiende esta contradicción: ¿Alojarse en un hotel, o ir en taxi son actividades a las que el legislador les reconoce el valor de permitir el pleno ejercicio y con más garantías de derechos fundamentales? ¿Entonces qué ha ocurrido? ¿Por qué el sector cultural ha conseguido que se les rebaje el IVA hasta el 10% y el deportivo no? Muy fácil, el deporte es considerado como una actividad de lujo, que practican las clases pudientes. Esta idea generalizada se basa en el poco conocimiento de los innumerables estudios existentes y en la falta de observación de la realidad. El legislador ya lo captó correctamente, pero el ejecutivo no se ha percatado de que efectivamente el deporte es un elemento que
promueve la igualdad, la salud y la calidad de vida. Y además el hecho de que los ayuntamientos entren a gestionar instalaciones deportivas fortalece la idea de que lo consideran esencial para la población, hasta el punto de entrar en el mercado y competir con los operadores privados, ello en aras de permitir el acceso a todos los ciudadanos y ciudadanas, aunque eso ha quedado ya anticuado con la entrada de los low cost, pero esto daría para otro escrito.

El deporte es considerado como una actividad de lujo, que practican las clases pudientes

En definitiva, que el deporte se vea grabado con un IVA del 21% es casi contrario a la Constitución y el espíritu de las leyes y valdría la pena estudiar a fondo su validez jurídica.


No hay comentarios

Añade el tuyo