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FITNESS

Comunicado del Colegio catalán de Licenciados en Educación Física

Coplefc también cuestiona la ley contra los 24 horas

Comunicado COPLEFC

El comunicado de Coplefc con su posicionamiento sobre la modificación de ley que afectaría los gimnasios 24 horas y otras entidades deportivas en Cataluña.

(25-1-2017). El Colegio de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (Coplefc) pide en un comunicado que no se limite la práctica libre de la actividad física en los gimnasios que abren 24 horas.

Continúa la polémica sobre la ley de acompañamiento de los presupuestos actualmente en tramitación parlamentaria y que pretende obligar a cualquier instalación deportiva a tener un técnico cualificado en la sala durante todo el horario de apertura.

Los gimnasios 24 horas, que son los afectados directamente, fueron los primeros en rebelarse contra la Generalitat. Luego fue Acco (Asociación Catalana de la Competencia) quien recomendó suprimir el artículo la modificación del artículo 62 de la ley del deporte. Finalmente, algunos de los proveedores de maquinaria fitness más importantes en España junto a Pymec, CCOO e incluso Adecaf firmaron  junto a Snap Fitness, Anytime Fitness y Mcfit, un manifiesto contrario a la resolución.

Ahora, desde Coplefc acaban de hacer público su posicionamiento, que afirman haber trasladado ya en su momento al secretario general de deporte, Gerard Figueras. En él, defienden que se apueste por cumplir con la ley catalana del deporte en cuanto a la titulación de los que ejercen las diferentes profesiones del deporte, pero también pide diferenciar entre la práctica libre del deporte “que no se puede limitar porque deriva de la libertad individual de los ciudadanos” y la práctica supervisada “de la cual se muestra absolutamente partidario”.

Entendiendo que el modelo de gimnasios 24 horas se encuentra entre el primer tipo de práctica deportiva, Coplefc afirma no tener “nada a manifestar”, pero sí pide que se les haga cumplir con todos los requisitos de seguridad pertinentes.

Finalmente, instan a la secretaría general del deporte en Cataluña a promover un decreto que regule cuáles son dichas medidas o requisitos para proteger la salud y la seguridad de los usuarios.

El comunicado dice lo siguiente:

El Gobierno de la Generalitat de Cataluña ha presentado mediante el artículo 181 de la Ley de acompañamiento presupuestario, actualmente en tramitación, una modificación del apartado tercero del artículo 62 del Texto único de la Ley del deporte aprobado por el Decreto legislativo 1/2000, de 31 de julio. La propuesta contiene, así mismo, una adición al artículo en los términos siguientes: “El técnico tiene que permanecer en el centro o establecimiento durante todo el horario en que esté abierto o se celebren las actividades de recreo o aventura vinculadas a la actividad física o el deporte.”

El Colegio de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (Coplefc), como institución de carácter público que tiene como finalidades, entre otras atribuciones, la defensa de la profesión y de sus profesionales, así como velar por la calidad de los servicios de actividad física y deporte que recibe la ciudadanía, manifiesta públicamente su posicionamiento.

1) Primeramente, sobre la propuesta de modificación del artículo 62, el Colegio comparte y celebra la voluntad del legislador de adaptar la legislación al marco de regulación de las profesiones del deporte, estableciendo la obligatoriedad de disponer de un profesional colegiado al Coplefc o inscrito al Ropec, según el que corresponda, como garantía de calidad de los profesionales que ejercen las diferentes profesiones del deporte.

2) Y en cuanto al añadido mencionado más arriba, objeto de este posicionamiento, el Colegio considera imprescindible establecer una diferenciación clara entre la práctica libre y la práctica supervisada de actividad física y deportiva. En este sentido, el Coplefc se muestra absolutamente partidario y promoverá siempre la práctica de la actividad física y deportiva supervisada por profesionales de las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.

En cuanto a la práctica libre, estima que esta no se puede limitar, precisamente porque deriva de la libertad individual de los ciudadanos. A partir de esta consideración, en el caso de aquellos que la promuevan, sean a administraciones, entidades deportivas o empresas privadas, el Coplefc también valora positivamente que impulsen la actividad física y deportiva, pero tiene que estar siempre sujeta a la suficiente seguridad y con resultados contrastados de beneficio para la salud de los usuarios.

3) Lo Coplefc interpreta que los modelos de negocio del sector del fitness sin personal de supervisión en la actividad que ofrecen a los usuarios, conocidos también como centros de fitness de 24 h, quedan englobados en la promoción de los servicios de actividad física libre y, por lo tanto, no tiene nada a manifestar.

Ahora bien, hay que advertir que, como empresa, este modelo de negocio tiene que cumplir todos los requisitos de cesión de instalaciones, según los preceptos que el Departamento correspondiente de la Generalitat tenga establecidos para garantizar la plena seguridad de los usuarios o consumidores.

Por otro lado, el Colegio quiere trasladar una vez más, al conjunto de profesionales del sector, que trabaja y trabajará para que:

a) prevalezca la práctica supervisada por ante la práctica libre de actividad física deportiva,
b) todos los profesionales en el sector del fitness sean titulados y estén colegiados o registrados según corresponda,
c) reivindicará la formación necesaria porque estos profesionales puedan asumir sus responsabilidades ante la sociedad,
d) recordará a todos los actores del sector las ventajas que supone contar con profesionales de calidad en todas aquellas actividades físicas que puedan incidir en la salud de las personas.

Estas son las bases y los valores de nuestro colectivo profesional, que nos cohesionan como profesión y que nos hacen sentir plenamente comprometidos con la sociedad.

Y de manera complementaria, instamos la Secretaría General del Deporte a proponer un Decreto de regulación de las actividades físicas y deportivas en que se establezcan y detallen aspectos organizativos que las entidades deportivas o empresas, públicas o privadas, con y sin ánimo de lucro, tienen que cumplir para proteger la seguridad y la salud de sus practicantes.


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