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Elaborado por la Agencia de Salud Pública de Catalunya

El informe que la Generalitat usó para defender el cierre de gimnasios

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La Generalitat ha expuesto con convencimiento sus argumentos ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya para defender su decisión de cerrar los gimnasios de Barcelona y doce municipios más del área metropolitana durante doce días.

(30-7-2020). ¿Qué piensa la Generalitat de los Gimnasios? ¿Qué motivos la impulsaron a priorizar su cierre al incrementarse los rebrotes de Covid-19? Gracias a la demanda de las seis entidades representantes del deporte y los centros deportivos, ha podido conocerse el argumentario empleado por el Gobierno catalán ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña no admitió que, como inicialmente pretendían los demandantes, la Generalitat desconociera la demanda que la semana pasada le interpusieron seis entidades en representación del deporte, los gimnasios y las instalaciones deportivas solicitando que fuera suspendida la aplicación del artículo 7 de la resolución SLT/1746/2020 que dictaba el cierre de las instalaciones deportivas y gimnasios de Barcelona y doce municipios más de su área metropolitana. El TSJC instó al ejecutivo catalán a que aportara los argumentos que estimara oportunos para justificar aquel artículo que incluía la resolución que había dictado y que fue publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya el pasado 18 de julio.

Según información a la que ha podido tener acceso CMDsport, la Dirección General de Asuntos Contenciosos del Gobierno catalán incluyó en su argumentario un “informe justificativo” elaborado por la Agencia de Salud Pública de Catalunya.

LOS BARRIOS CON MÁS CASOS DIAGNOSTICADOS

Dicho informe aporta, en primera instancia, una serie de gráficos sobre la evolución de la tasa de incidencia de nuevos diagnósticos de contagio de Covid-19 en Barcelona y L’Hospitalet de Llobregat (a 27 de julio) con datos pormenorizados por barrios de la situación de hace tres semanas, hace quince días y en los última siete días. Del gráfico de Barcelona se aprecia que aquellas zonas con mayor tasa de incidencia por 100.000 habitantes de nuevos diagnósticos en los últimos siete días serían los distritos de Barcelona Ciutat Bella (140,6); Barcelona Sants Montjuic (136,9);  Barcelona-Nou Barris (121,8), Barcelona-Les Corts (101,5); Barcelona-Sant Mart-i (99,2); y Barcelona l’Eixample, 98,2).

En el caso de L’Hospitalet, las tasas son más elevadas, puesto que en el barrio de Pubilla Cases, la tasa de incidencia en los últimos siete días se ha situado en (548), en el barrio de Florida Sud (531), en el de la Torrassa (527); y en el de Florida Nord (475).

Además de los casos de Barcelona y L’Hospitalet también se detallan las evoluciones de 31 municipios más de la provincia de Barcelona, es decir, más allá de la primera corona del área metropolitana.

Según dicho informe, los datos muestran “una clara transmisión comunitaria del virus que hace imposible seguir las cadenas de transmisión del mismo”. A su vez, los datos de incidencia acumulada “continúan aumentando de manera significativa”. De todo ello se desprende que “los ingresos hospitalarios en el área de referencia “han aumentado también en consonancia con las tasas de incidencia” en los 11 municipios restantes que englobaba la resolución  SLT/1746/2020 y que eran: Viladecans, Sant Boi de Llobregat, Sant Joan Despí, Cornellà de Llobregat, El Prat de Llobregat, Sant Just Desvern, Esplugues de Llobregat, Santa Coloma de Gramanet, Montcada i Reixach, Badalona y Sant Adrià del Besós.

SOLO “DESPLAZAMIENTOS ESENCIALES”

El informe sostiene que “para reducir esta transmisión comunitaria, la recomendación general en estas áreas es evitar los desplazamientos no esenciales y que la ciudadanía permanezca, tanto como sea posible, en su domicilio, dado que la movilidad generalizada, a pesar de las medidas de seguridad recomendadas, puede ayudar a diseminar la infección”.

Tras recomendar “que todo el mundo se quede en casa, con excepción de aquellos desplazamientos “esenciales” de los cuales especifica nueve casos, el informe advierte de que “en virtud de que la alta concentración de personas en un sitio puede provocar también la diseminación de la infección, se recomienda que las reuniones sean sólo con miembros que conviven y próximos (un máximo de diez personas que deben ser siempre las mismas)”.

EL EJEMPLO DE JAPÓN

Tras los datos sobre la evolución de las tasas de incidencia de nuevos diagnósticos de Covid-19 y las medidas establecidas al objeto de evitar toda movilidad de la ciudadanía de estos municipios que no sea estrictamente necesaria, el informe aborda un análisis de los brotes de Covid-19 reportados en un estudio realizado en Japón.

El análisis fue realizado entre 3.184 casos de coronavirus registrados en aquel país. De éstos, según se cita en el “informe justificativo” de la agencia de Salud Pública de Catalunya, se identificaron 61 brotes “relacionados con centros de salud, restaurantes, bares, puestos de trabajo y acontecimientos musicales”. Según se especifica “la mayoría de los casos inciiales eran personas de entre los 20 y los 39 años de edad pre-sintomáticos o asintomáticos”.

PRINCIPALES ENTORNOS-ORIGEN DE LA INFECCIÓN

Del ejemplo extraído del caso japonés, se extrae que al investigar los vínculos epidemiológicos entre los casos registrados, se identificó el origen de 18 casos (30%) en instalaciones sanitarias; 10 casos (16%) se registraron en instalaciones asistenciales de otro tipo como geriátricos y centros de día; otros diez casos (16%) se dieron en restaurantes o bares; 8 casos (13%) procedieron de puestos de trabajo; 7 (11%), en acontecimientos relacionados con la música, como conciertos de música en vivo, ensayos de grupos de coros y fiestas de karaoke.

Tras estos cinco entornos-origen de la infección, los gimnasios aparecieron en 5 casos (8%), mientras que dos casos (3%) procedieron de funciones ceremoniales; y 1 caso (2%), se derivó de un incidente relacionado con el transporte en avión.

POR QUÉ DEBEN CERRARSE LOS GIMNASIOS

Todos estos precedentes argumentativos, sirven para encarar la última parte del “estudio justificativo de la suspensión de la apertura al público de los locales y establecimientos donde se desarrollan actividades deportivas adoptada por la resolución SLT/1746/2020” elaborado por la Agencia de Salud Pública de Catalunya.

El argumentario de este punto final del estudio consta de cuatro párrafos. El primero de ellos arranca exponiendo que “en lo referente a las salas de realización de actividades deportivas en salas específicas, tanto por la concentración de personas que no conviven habitualmente juntas, en un sitio a menudo cerrado, como por la movilidad que se requiere para acceder a ellas y en las zonas próximas, la recomendación general debe ser su cierre”. Se añade, posteriormente, que “además, en estos sitios, debido a la realización de actividades deportivas intensas y, por tanto, con el aumento de la transpiración y respiración, la diseminación de la infección puede ser más importante que en otros lugares cerrados de características similares”.

“RIESGO MÁS ELEVADO”

Posteriormente, se precisa que “los gimnasios tienen un riesgo más elevado por la existencia de utensilios, herramientas, elementos y espacios comunes de uso intensivo que también agravan la diseminación de la infección en relación a otros espacios cerrados”.

En el segundo párrafo del argumentario final de este “informe justificativo” se señala que “dada la situación epidémica actual, que muestra que el contagio se está produciendo más en personas jóvenes, a raíz de su perfil social de elevada movilidad, menos sintomatología y mayor interacción social, el control de la transmisión comunitaria debería pasar necesariamente por el cierre de los lugares que sean propicios a estos encuentros hasta la reducción de esta transmisión y  la consecución del control de la situación epidémica.

ALTERNATIVA: DEPORTE AL AIRE LIBRE

El tercer párrafo, emplea un ejemplo sectorial para reforzar lo anteriormente expuesto: “de hecho, actualmente, en la comarca del Ripollés, ja se ha reportado un brote relacionado con un gimnasio en Ripoll que presenta importantes dificultades para obtener los listados necesarios para detectar posibles contactos”.

El quinto argumento recurre a la actividad deportiva al aire libre de la cual concreta que “puede realizarse sin riesgo, más allá del necesario control de la movilidad e interacciones, por lo cual existe una alternativa viable para su realización”.


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