(30-4-2021). La Junta de Castilla y León ha publicado en su Boletín Oficial (Bocyl) las bases que regulan la concesión de subvenciones destinadas al sostenimiento y reactivación del sector deportivo de la comunidad frente al impacto económico del Covid-19.
Los gimnasios castellanoleoneses disponen de un plazo de dos semanas, a partir de hoy, para tramitar telemáticamente la petición de las ayudas económicas que la Junta de esta comunidad ha puesto a su disposición. La cantidad subvencionada variará en función del número de trabajadoras vinculadas a cada empresa afectada que se encontrara en situación de alta en la Seguridad Social a fecha de 25 de octubre.
Los tramos fijados son de 1.000 euros para las empresas con dos empleados; de 2.000 euros para las que tengan tres o cuatro empleados; de 3.000 euros para las que tengan 5 o 6 empleados y de 4.000 euros para las que tengan siete o más trabajadores. Se incluyen, en el cómputo global, tanto a las personas autónomas como a las asalariadas, con independencia de su tipo de régimen contractual.
LIQUIDEZ Y EMPLEO
Las subvenciones buscan dotar de liquidez y mantener el empleo de las instalaciones deportivas o escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte que están pasando dificultades económicas por la falta de ingresos en el sector. La Consejería de Cultura y Turismo habilita estas ayudas para evitar “el cierre de numerosas instalaciones y centros deportivos, con el consiguiente peligro de descapitalización deportiva”.
Desde el estallido de la pandemia, en Castilla y León se han registrado tres cierres que han afectado a la totalidad o a parte del territorio a lo largo de 169 días. Durante las épocas de apertura, además, se han sucedido distintas restricciones que han mermado la actividad de los centros deportivos.
APOYOS COMPATIBLES
Estas ayudas son compatibles con otras para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
La Junta dispondrá de un plazo de tres meses para notificar la resolución a contar desde la entrada de la solicitud en el registro.
SÓLO PARA TITULARES DE INSTALACIONES
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los autónomos o pequeñas, medianas o micro empresas, que sean titulares de instalaciones deportivas o escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte, que ejerzan su actividad económica en Castilla y León y que se hayan visto afectadas por el cierre temporal de de sus instalaciones o centros deportivos.
No podrán acceder a estas ayudas las sociedades públicas y entidades de derecho público, las entidades que no tengan ánimo de lucro, las sociedades anónimas deportivas y los titulares de instalaciones deportivas de uso exclusivo turístico.
Tampoco podrán acogerse a esta orden los que tengan la condición de empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019 o que estando en crisis en esa fecha se hubieran recuperado de dicha situación antes del momento en que se conceda la subvención; pudiendo concederse a empresas que no estén en crisis y/o a empresas que no estaban en crisis a 31 de diciembre de 2019 pero que sí lo estaban o empezaron a estarlo con posterioridad a consecuencia del brote de COVID-19.
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