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El órgano jurídico deja sin efecto la resolución del ejecutivo catalán

El TSJC suspende el cierre de los gimnasios dictado por la Generalitat

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La decisión del Tribuanl Superior de Justicia de Catalunya ha sido recibido con alegría.

(29-7-2020). Mientras las entidades sectoriales de los gimnasios e instalaciones deportivas y la Generalitat no llegaban a un acuerdo sobre la flexibilización de la resolución dictada por el ejecutivo catalán el pasado 18 de julio, el Tribunal Superior de Justicia de la Generalitat ha aceptado la suspensión cautelar de dicha resolución.

Los gimnasios e instalaciones deportivas de Barcelona y doce municipios más de su área metropolitana pueden volver a abrir sus puertas. Pese a las negociaciones de las organizaciones sectoriales con la Generalitat desarrolladas durante los últimos días e, incluso, hasta esta misma mañana y de las cuales CMDsport había dado noticia, ha sido, finalmente, la justicia la que ha resuelto la situación. En este sentido, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya acaba de comunicar a través de su perfil de Twitter que la sección 2ª de su sala contencioso-administrativa estima el recurso presentado por la Ufec, Indescat, Adecaf, Gestiona, la Federación Catalana de Natación y la Asociación empresarial de Clubes de Natación de Catalunya y deja sin efecto la resolución SLT/1746/2020 publicada en el DOGC el pasado 18 de julio que obligaba al cese de su actividad a los gimnasios e instalaciones deportivas de Barcelona y doce municipios más de su área metropolitana.

Las entidades demandantes denunciaban que las medidas y el cierre total dictado por la Generalitat había sido “injusto, arbitrario y desproporcionado”. En este sentido, el auto del TSJC dice que “Vistas estas conclusiones, genéricas que admiten pluralidad de soluciones, y ponderando los intereses en conflicto (sanitarios y económicos), no se justifica la proporcionalidad en el cierre total de los establecimientos de referencia. Si bien, en atención al principio de responsabilidad, y tomando en consideración la situación actual en la que nos encontramos, para otorgar la medida cautelar se deberá condicionar la apertura de los equipamientos e instalaciones deportivas al cumplimiento de las medidas contenidas en la propuesta al Comité de Dirección del Plan de Actuación del PROCICAT, dictadas por el Consell Català de l’Esport el 18 de julio de 2020”.

La Generalitat tiene la posibilidad de interponer recurso de reposición ante el TSJC en el plazo de cinco días.

Las entidades demandantes han celebrado su victoria y afirman que siguen pidiendo “una mesa de diálgo efectiva del sector con el Gobierno para trabajar conjuntamente por la gestión de la crisis y evitar que vuelvan a registrarse sucesos similares”.

A continuación puedes acceder al Auto del Tribunal Superior de Justicia.

Auto del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya


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