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PÁDEL / TENIS

Desacuerdo entre las Federaciones Española e Internacional de Pádel

circuitointpadel

(27-4-2015). La Federación Española de Pádel y la Federación Internacional de Pádel protagonizan un nuevo episodio de discrepancias, esta vez, en torno a la celebración de torneos internacionales.

Según hizo público la FIP en un comunicado difundido en su página web la semana pasada, el organismo internacional estaría molesto con la empresa Madison por, “el uso indebido por parte de esta del término Circuito Internacional de Pádel”, tras hacerse público el calendario del Circuito Internacional 2015 organizado por esta empresa y que recabará en varias ciudades europeas, sin haber solicitado, según denuncia la FIP, “ninguna autorización para organizar estos torneos”.

Una acción que la FIP considera que “sólo lleva a confusión en el ambiente institucional, oficial, de los medios de información, de las instituciones, de los patrocinadores y de los sponsors”.
Asimismo, informa en este mismo comunicado que “si atletas con licencia federativa participan en competiciones no oficiales, como las propuestas por Madison, podrán ser pasibles de sanciones”.

Respuesta de la FEP
Ante este comunicado, la Federación Española de Pádel no ha tardado en ofrecer su versión de los hechos en otro comunicado publicado en la web de este organismo que preside Luís Medina. En él, la FEP asegura que las afirmaciones hechas por la FIP “no son ciertas” y lamenta las “amenazas con sanciones disciplinarias a quienes participen en acciones que son perfectamente legales y no infringen ninguna norma que esté ajustada a derecho”.

A continuación reproducimos los dos comunicados al completo:

Comunicado de la FIP
La empresa Madison organiza ya desde hace varios años un Circuito Internacional de Pádel, que teóricamente se encuentra orientado a jugadores amateurs, pero al cual nos consta participan atletas con licencia federativa y de las más altas categorías de varias Asociaciones y Federaciones Nacionales afiliadas. 

La Federación Internacional de Pádel ha evidenciado verbalmente, durante encuentros personales con el Sr. Luis García Conde, en el año 2013 y en el año 2014, su disconformidad con el uso indebido de “Circuito Internacional de Pádel”, invitando la empresa Madison a comportarse de acuerdo con lo previsto por los Estatutos y Reglamentos oficiales de la FIP.

Los Estatutos sociales de la Federación Internacional de Pádel, en su artículo n.2: “Las Competiciones”, definen la propiedad exclusiva de las denominaciones que involucran campeonatos, torneos, circuito, encuentros, etc., de pádel a nivel internacional. Los mismos se encuentran publicados en el portal oficial y son de dominio público.

Recientemente ha sido divulgada a la prensa un comunicado evidenciando que el Circuito Internacional en el año 2015 tocará distintas ciudades de Italia, España, Alemania, Principado de Mónaco, Reino Unido y Portugal, sin que para ello haya sido solicitada a la FIP ninguna autorización, ni directamente del Organizador Potencial ni a través de las Federaciones y Asociaciones Nacionales afiliadas.

Hasta este momento la Federación Internacional de Pádel ha sido paciente y tolerante, pero la actual Junta Directiva ahora ha decidido no aceptar más este tipo de acciones que sólo llevan a confusión en el ambiente institucional, oficial, de los medios de información, de las instituciones de gobierno estatales, de los patrocinadores y de los sponsors.

Las Federaciones y Asociaciones Nacionales, con el acto de afiliación, aceptan conocer, respetar y hacer respetar a los propios asociados los Reglamentos y Estatuto de la Federación Internacional a la cual están declarando su adhesión y membrecía.

Por lo tanto se encuentran informadas que si atletas con licencia federativa participan a competiciones no oficiales -como las propuestas por Madison- podrán ser pasibles de sanciones aplicadas en base al Reglamento de Disciplina.

Además, las acciones efectuadas por las mismas Federaciones y Asociaciones Nacionales afiliadas podrán ser objeto de análisis para la aplicación de sanciones en el caso en el cual se interprete que han participado a la organización de un evento internacional no solamente no reconocido oficialmente, sino que viciado de defectos como la inclusión de términos no autorizados y previstos específicamente por los Estatutos, y la inclusión del logo de la Federación Europea de Pádel, que no ha sido reconocida y las causas de tal decisión han sido ampliamente ilustradas a los Miembros Asociados.

Conocemos la existencia y promoción de otros Circuitos Internacionales y Torneos Internacionales, que no han recibido la correspondiente autorización, y por lo tanto serán objeto de similar análisis y control.

La Federación Internacional de Pádel se encuentra a vuestra disposición para enriquecer el Circuito Internacional, aceptando e incluyendo vuestras competiciones “Open” si los formatos de las mismas se encuentran previstos en las amplias condiciones que ofrecen los Reglamentos y Normativas. Será un placer volver a ilustrarlas y ayudarlos a que siempre un mayor número de competiciones de pádel internacional oficial, válido para los rankings oficiales, pueda llegar a distintos lugares de vuestros Países.

Comunicado de la FEP
En cuanto al email remitido por la Secretaría de la FIP a todos los Presidentes de las Asociaciones y Federaciones nacionales afiliadas y cuyo texto ha sido también publicado en la página web de la FIP, la Federación Española de Pádel quiere dejar constancia, que en el citado email se realizan afirmaciones que no son ciertas y además se amenaza con sanciones disciplinarias a quienes participen en acciones que son perfectamente legales y no infringen ninguna norma que esté ajustada a derecho.

Para conocimiento de todos los afiliados a la Federación Española de Pádel y de todos aquellos Organismos, Empresas o Instituciones que tengan relación de un modo u otro con ella, queremos aclarar:

1. Los Estatutos Sociales de la Federación Internacional de Pádel, publicados según informan en su email en su portal oficial, no son aplicables porque están pendientes de inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas del Consejo Superior de Deportes Español y la razón por la que no han sido inscritos es precisamente porque en varios de sus puntos, y concretamente en los que afectan al tema que nos ocupa, la FIP se arroga derechos que no tiene.

2. En referencia concreta al Artículo 2 de los Estatutos Sociales, es un sin sentido que la FIP pretenda que determinadas inscripciones como “Circuito Internacional de Pádel” o “Encuentro Internacional de Pádel” sean de su propiedad exclusiva. Para poder exigirlo sería necesario que estuvieran amparados por la Normativa de la Propiedad Intelectual, lo que en este caso evidentemente no se da, y mucho menos si se tiene en cuenta que son vocablos generalistas.

3. Es de todo punto inadmisible que se amenace con medidas disciplinarias a jugadores con licencia o a entidades o instituciones que participen u organicen competiciones o torneos “no oficiales”. Entendemos que ello es consecuencia de la tremenda falta de concreción existente a lo largo de todos los Estatutos y concretamente, en las causas que pueden ser origen de sanciones así como en el procedimiento a seguir en tales circunstancias, que no puede ser nunca “la opinión de la Junta Directiva” de la FIP. La Federación Española de Pádel llevará hasta el final la petición de daños y perjuicios si tal clase de medidas fuesen tomadas contra personas o entidades relacionadas con la FEP.


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